Condiciones de contratación de las actividades

1. Para la contratación de cualquier actividad será necesario realizar un pago a cuenta en concepto de señal.

2. En el caso de que por causas ajenas a la empresa, la actividad no pudiera realizarse, la señal no será reembolsada.

3. La actividad no tiene caducidad, de tal forma que podrá desarrollarse con posterioridad sin perder el importe de la señal y manteniendo el precio acordado cuando se contrató.

4. En las actividades en las que se practica pesca real, no están garantizadas las capturas. Que no se produzcan capturas no es motivo de reclamación ni de devolución del importe pagado.